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Artículo 26 de la D. U. de los Derechos Humanos

 

Route to Human RightsEl artículo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos establece el derecho de toda persona a la educación. Establece que la educación debe ser gratuita, al menos en las etapas elemental y fundamental, y que la educación elemental debe ser obligatoria. Además, la enseñanza técnica y profesional debe estar disponible y el acceso a la enseñanza superior debe ser igual para todos, en función de los méritos. Este artículo subraya también que la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales, el fomento de la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y el apoyo a las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.

La importancia del Artículo 26 radica en su reconocimiento de la educación como un derecho humano esencial que permite a los individuos ejercer todos los demás derechos. Al garantizar el acceso a una educación básica gratuita y obligatoria, sienta las bases para la igualdad de oportunidades y la movilidad social, permitiendo a todos, independientemente de su origen, desarrollar sus capacidades y contribuir plenamente a la sociedad. Además, al promover una educación que fomente el respeto y la comprensión entre las diferentes culturas y pueblos, este artículo contribuye a construir sociedades más justas, pacíficas e integradoras.

La placa con el artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se encuentra en Arzua, en la cara opuesta del hito que marca los 39 kilómetros hasta Santiago.

Images courtesy of ISHR

  • Dirección
    Arzua, Comienzo de la calle Rua Cima Do Lugar, Arzua
  • Web
    https://ishrights.org/
  • Horario de Visita
    Siempre abierto
  • Qué ver
    Placa con el artículo 26

Entrada también disponible en: English Italiano

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